Carta abierta a los mecanismos internacionales de DDHH:
El Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras y la comunidad de Río Blanco no deben ser excluidos de procesos judiciales de los cuales somos víctimas.
Estimadas y estimados miembros de los mecanismos internacionales de DDHH.
Los pueblos indígenas en Honduras llevamos siglos luchando por la sobrevivencia en contra de la colonización y en la defensa de nuestros bienes naturales, derechos y cosmovisiones. Sin embargo, a 528 años de resistencia se sigue atropellando nuestra existencia. Ni siquiera el derecho básico a ser reconocidos como sujetos de derechos se respeta.
El Estado de Honduras niega la condición de víctima y parte en procesos judiciales a nuestra organización, el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) y al Consejo Indígena Lenca de Río Blanco. En una práctica continuada de colonización y desconocimiento de los derechos de las comunidades indígenas.
En el año 2014, el COPINH y la comunidad de Río Blanco, liderados por la Coordinadora General Berta Cáceres, interpusimos denuncias formales[1] en contra de 51 proyectos inconsultos e ilegales sobre el territorio del pueblo Lenca. Entre estos se encuentra el proyecto Hidroeléctrico Agua Zarca, de la familia Atala Zablah, que pretendía explotar el sagrado río Gualcarque de la comunidad Lenca.
Debido a la instalación inconsulta e ilegal del proyecto Agua Zarca, fueron cometidas graves violaciones de derechos humanos[2] contra la comunidad Lenca de Río Blanco, y debido a su oposición a dicho proyecto, fueron muertas 6 personas[3], entre ellas nuestra compañera Berta Cáceres[4].
Tres años después del asesinato de nuestra compañera Berta Cáceres, la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad (MACCIH), junto a la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC, ahora UFERCO) presentaron el caso Fraude Sobre el Gualcarque[5], imputando a 16 funcionarios públicos por graves delitos de corrupción en beneficio de la familia Atala Zablah, a través de la empresa Desarrollos Energéticos S.A. (DESA), para la obtención de contratos y permisos por parte del Estado para el desarrollo de dicho proyecto hidroeléctrico. El COPINH en representación de la comunidad de Río Blanco participó de las primeras etapas del proceso judicial de Fraude Sobre Gualcarque, sin embargo, a raíz de una petición de los imputados, la Corte de Apelaciones Nacional en Materia de Corrupción, decidió en fecha 28 de agosto de 2019 excluir a la organización del pueblo Lenca de dicho proceso[6], a pesar que la organización y la comunidad, las víctimas directas de los hechos de fraude y corrupción, incluyendo la inobservancia de los derechos de las comunidades indígenas.
Ante esta decisión, el equipo legal del COPINH, interpuso un recurso de reposición, lo cual fue declarado sin lugar en fecha 4 de septiembre de 2019.
Posterior a esta negativa se interpuso un recurso de amparo para la protección constitucional de los derechos de acceso a la justicia, debido proceso, respeto y garantías fundamentales de los pueblos indígenas en fecha de 4 de octubre de 2019 ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
El recurso de amparo fue admitido para su trámite por la Sala Constitucional, en fecha 23 de enero de 2020. Sin embargo, no se decretó una suspensión del proceso judicial[7] del caso de Fraude mientras se resolvía dicho amparo. Esto implica que seguiría el avance del caso sin la participación y la voz del COPINH y la comunidad Lenca.
Así es que en fecha 28 de septiembre del presente año[8] se iniciaron las audiencias del juicio oral y público del caso Fraude Sobre el Gualcarque sin resolución del amparo, negando de hecho el acceso a la justicia y a la verdad para el COPINH y a la comunidad Lenca.
Cabe notar que las audiencias de este proceso carecen de publicidad debido a las restricciones por la crisis sanitaria por la COVID 19. El Poder Judicial debe asegurar su publicidad a través de transmisiones por medios virtuales para que las víctimas y la sociedad hondureña puedan ejercer la auditoría que demanda un juicio público.
El Estado de Honduras debe respetar y garantizar los derechos de las comunidades lencas y la organización del COPINH del acceso a la justicia y a la verdad. El poder judicial de Honduras debe garantizar el debido proceso, asegurando en todo momento el derecho a las víctimas y familiares a participar de forma activa en un proceso judicial que les reconoce como tales, así como el derecho fundamental de las comunidades indígenas lencas como sujetas de derecho.
Organizaciones internacionales[9][10] han llamado al Estado de Honduras a que rectifique su accionar frente a las víctimas del caso Fraude Sobre el Gualcarque. Llamamos a la comunidad internacional para que ejerza sus buenos oficios e inste al Estado de Honduras a que se respeten los derechos fundamentales de las comunidades indígenas, garantizadas por los estándares internacionales.
#JusticiaParaBerta #JusticiaParaLosPueblos
Bertha Zúniga – Coordinadora General. COPINH
María Santos Domínguez – Consejo Indígena Lenca de Río Blanco.
[2] https://www.refworld.org.es/pdfid/5ba3c6fd4.pdf
[3] https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2016/mc112-16-es.pdf
[4] https://copinh.org/2016/03/comunicado-de-ayer-del-copinh-berta-caceres-vive/
[6] https://copinh.org/2019/08/corte-rechaza-al-copinh-como-victima/
[7] https://twitter.com/COPINHHONDURAS/status/1316500896147279875?s=20
[8] https://twitter.com/MP_Honduras/status/1312134133859016704?s=20